Las dependencias de la Dirección de Secretaría Municipal están ubicadas en:

18 de Septiembre 510, 1° Piso

Consultas para la Dirección de Secretaría Municipal comuníquese al:

(42) 2433449

Nuestro horario de atención es:

08:00 AM a 14:00 PM

Secretaría Municipal


La Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 20, indica que la estructura municipal deberá contar con una Secretaría Municipal. Esta unidad depende directamente del Alcalde y está a cargo de un Secretario Municipal.


La Secretaría Municipal tiene a su cargo las siguientes funciones:

  • Dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.
  • Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
  • Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecidas por la Ley N° 18.575.
  • Distribuir la correspondencia que ingresa al Municipio por la Oficina de Partes.
  • Dirigir las acciones de redacción y transcripción de decretos alcaldicios.
  • Firmar como Secretario Municipal, Ministro de Fe, los decretos, ordenanzas, bases de licitación, instructivos y resoluciones.
  • Servir de Ministro de Fe y secretario de actas del Concejo Municipal.
  • Redactar las actas de concejo.
  • Informar mediante certificados los acuerdos del concejo, a las diferentes unidades municipales.
  • Emitir certificados de personalidad jurídicas vigentes, de las diferentes organizaciones comunitarias.
  • Supervisión del registro de transferencias públicas.


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