Las principales funciones que debe cumplir el Concejo Municipal son:
Pronunciarse o aprobar, según corresponda, las materias que se enumeran en las atribuciones del Alcalde con coordinación previa con el Concejo.
Recomendar al Alcalde,prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal.
Citar o pedir información, a través del Alcalde, a los organismos o funcionarios municipales, cuando lo estime necesario, para pronunciarse sobre las materias de su competencia.
Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipales y la ejecución del presupuesto municipal.
Evaluar la gestión del Alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el Concejo, en el ejercicio de sus facultades propias, formulándole las observaciones que le merezcan.
Solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la Municipalidad.
Fiscalizar las unidades o servicios municipales.
Supervisar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal.
Disponer la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de la situación financiera del municipio.
Examinar trimestralmente el programa de ingresos y gastos, introduciendo las modificaciones correctivas a que hubiere lugar, a proposición del Alcalde.